1.14.3 Consejo de estudiantes

Es de aclarar, que los alumnos del nivel Preescolar y de los tres primeros grados, del ciclo de primaria serán convocados a una Asamblea Conjunta para elegir un vocero único entre los Estudiantes que cursan el Tercer Grado.

Son funciones del consejo estudiantil las siguientes:

  • Darse su propia organización interna
  • Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del Establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
  • Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
  • Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que les atribuya el Manual de Convivencia. (Artículo 29 del decreto 1860 de 1994

El Consejo Estudiantil garantiza la participación activa y representativa de todos los educandos en la vida institucional.